Las ayudas para autoempleo y creación de empresas de emigrantes retornados impulsaron medio centenar de negocios
Recogemos aquí el texto íntegro del artículo publicado hoy en el periódico 'El Correo Gallego'.
El objetivo es aprovechar los conocimientos y experiencia de los gallegos en el Exterior, y también facilitar su retorno a la tierra natal.
Estas subvenciones, con una cuantía máxima que puede llegar a 8.000 euros, son iniciativa de la Secretaría Xeral da Emigración y complementan, sin excluirlas, las ayudas de otros departamentos autonómicos, y de otras administraciones, para autónomos y emprendedores.
La Xunta ha puesto en marcha en este 2016, por cuarto año, subvenciones para promover el autoempleo y la actividad emprendedora en la Comunidad Autónoma gallega de las personas gallegas retornadas, y sus cónyuges, iniciativa para la que ha presupuestado globalmente medio millón de euros. Se trata de ayudas, con un tope máximo de 8.000 euros por solicitud (en el caso de mujer, menor de 39 años, y miembro de una sociedad laboral o cooperativa), compatibles y complementarias con las ayudas establecidas -para todas las fases de emprendimiento- para la población gallega general de la Consellería de Economía, Empleo e Industria -tanto a través de la Secretaría Xeral de Emprego como del Instituto Galego de Promoción Económica (IGAPE)- y también de otras administraciones y entidades privadas.
Uno de los aspectos más destacables de estas ayudas es que, además de garantizar el autoempleo para la persona retornada, implican en la mayoría de los casos la creación o consolidación de empleos directos e indirectos en la localidad donde se implanta la nueva empresa. Se generan por tanto no sólo nuevos puestos de trabajo, sino mayor movilidad financiera local, y se ayuda al empuje de la economía de la zona. Al mismo tiempo, se ayuda a recuperar población para la Galicia territorial y, en algunos casos, a fijarla en territorios con descenso demográfico.
Las ayudas puestas en marcha para el retorno emprendedor están demostrando que la voluntad de los gallegos del Exterior, cuando vuelven a su tierra, es seguir ayudando a su progreso y desarrollo económico. Muchas de estas iniciativas suponen para ellos una segunda oportunidad, con mayores y mejores conocimientos y, para los residentes en la Galicia territorial, un balón de oxígeno fundamental en las microeconomías locales.
Medio centenar de nuevas empresas
Estas aportaciones han ayudado a poner en marcha, hasta la fecha, medio centenar de nuevas actividades económicas por parte de gallegas y gallegos del Exterior que retornaron a la tierra, algunas de ellas innovadoras, como una pizzería-ludoteca, o un local especializado en té. Abrieron además sus puertas negocios como estudio de arquitectura, comercio textil, de calzado, peluquería, cantería, gestoría, joyería, o gimnasio, entre muchos otros.
La subvención incluye los gastos que lleva consigo el establecimiento de las personas gallegas emigrantes retornadas, bien como trabajadores autónomos o por cuenta propia, o bien como socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado. Así, son objeto de subvención para los destinatarios hasta el 80 por ciento de los gastos de notaría y registro, tributos, licencias administrativas, servicios profesionales externos, gastos derivados del desarrollo e implantación de la página web y de la pasarela de pago para la realización de ventas en línea, publicidad y propaganda, primas de seguros, arrendamiento de local, de maquinaria y de equipos informáticos, y suministro de servicios imputables al desarrollo de la actividad (tales como calefacción, agua, gas, electricidad, telefonía e internet).
La cuantía tope de la ayuda es de 4.000 euros para autónomos y 6.000 para sociedades laborales o cooperativas, en ambos casos con 1.000 euros a mayores si la persona solicitante tiene 39 años o menos, y otros 1.000 más si la persona solicitante es mujer.
Los requisitos que contempla la resolución es cumplir la condición de persona gallega retornada, que tenga fijada su residencia en Galicia, y que esté dada de alta en el régimen de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional que le corresponda.
Fuente: El Correo Gallego
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