Una nueva orden de la Xunta subvenciona el autoempleo y la creación de empresas por parte de personas emigrantes retornadas

La iniciativa de la Secretaría Xeral da Emigración complementa, sin excluirlas, las ayudas de la Consellería de Traballo e Benestar para autónomos y autónomas y personas emprendedoras.

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Santiago de Compostela, 27 de agosto de 2013.

El secretario xeral da Emigración, Antonio Rodríguez Miranda, firma la resolución que hoy publica el Diario Oficial de Galicia, que regula las subvenciones, en régimen de concurrencia no competitiva, para promover el autoempleo y la actividad emprendedora de las personas emigrantes retornadas y de sus familiares directos.

Estas subvenciones, con un tope máximo de seis mil euros por solicitud, son compatibles y complementarias a las ayudas establecidas para la población gallega general por parte de la Consellería de Traballo e Benestar. Este departamento autonómico presentó la pasada semana una línea de financiación de 15,6 millones de euros para apoyar el establecimiento como trabajador o trabajadora autónoma o por cuenta propia; además, hizo públicas las bases reguladoras del programa de las iniciativas emprendedoras y de empleo, que cuenta con un presupuesto de 4,5 millones de euros, y tiene por objeto generar empleo estable para personas desempleadas, principalmente entre la juventud y mujeres; y estas iniciativas, al mismo tiempo, se completan con otros cerca de 4 millones de euros para incentivar, por primera vez, la contratación indefinida de hasta tres trabajadores o trabajadoras, unas ayudas ya publicadas en el DOG el pasado mes de junio.

Con estas líneas de subvenciones a la persona emprendedora, el Gobierno gallego materializa su compromiso de apoyar la creación de nuevas empresas radicadas en Galicia y luchar contra el desempleo. En el caso concreto de la orden de Emigración, se pretende que el retornado o retornada aproveche el bagaje, conocimientos y experiencias profesionales y personales conseguidos en el Exterior en beneficio de toda la comunidad, cree nuevos puestos de trabajo al tiempo que consolida su vuelta a la tierra, e incluso contemple Galicia como destino para la inversión de su patrimonio.

Esta orden persigue que la persona retornada pueda beneficiarse de esta línea específica de ayudas para su proyecto de autoempleo o empresarial, pero sobre todo que le sirva de reclamo para conocer las establecidas por la Consellería de Traballo e Benestar para la población general.

De esta manera, se incentiva que los proyectos que tengan en mente las personas de vuelta en la Comunidad tomen forma cuanto antes, y ayuden a la recuperación del tejido económico en la Galicia territorial, a través de iniciativas nacidas dentro y también fuera del territorio, especialmente aquellas engendradas a raíz de experiencias profesionales en el Exterior. Al mismo tiempo, se consigue añadir viabilidad a los proyectos del gallego o gallega residente en la actualidad fuera de su tierra.

Objetos de la subvención
La iniciativa de la Secretaría Xeral da Emigración subvenciona los gastos iniciales que lleva consigo el establecimiento de las personas emigrantes retornadas y sus familiares directos bien como trabajadoras o trabajadores autónomos o por cuenta propia, o bien como socias y socios trabajadores de sociedades laborales o cooperativas de trabajo asociado. Así, son objeto de subvención para las y los destinatarios hasta el 80 por ciento de los gastos de notaría y registro, tasas, licencias administrativas, material de oficina no inventariable, y honorarios profesionales externos, con un tope de ayuda de 3.000 euros para autónomos y autónomas y 5.000 para sociedades laborales o cooperativas, con 1.000 euros a mayores si la persona solicitante tiene 39 años o menos.

Los requisitos que contempla la orden es cumplir la condición de emigrante retornado o retornada (nacionalidad española y que no haya n transcurrido más de dos años desde la vuelta a España), que tenga fijada su residencia en Galicia, y que esté dada de alta en algunos de los regímenes de la Seguridad Social o mutualidad del Colegio Profesional que le corresponda. El plazo para la presentación de solicitudes termina el próximo 15 de noviembre.

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