Ayudas para la realización de actividades culturales 2009

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La Secretaría General de la Emigración convoca ayudas destinadas a la financiación de los costes generados por la realización de actividades artísticas o culturales que contribuyan a la difusión del acervo cultural gallego fuera de Galicia y se desarrollen en las entidades gallegas del exterior o en lugares donde residan un número significativo de gallegos; así como la actuación de grupos de jóvenes gallegos, residentes en el exterior, que difundan en Galicia las actividades artísticas y culturales que tengan lugar en sus colectividades. Resolución del 26 de agosto de 2009 de la Secretaría General de la Emigración por la que se establecen y regulan las ayudas para la realización de actividades culturales con destino a los lugares en los que estén radicadas las entidades gallegas en el exterior.
Estado: 
Procedimiento cerrado

Nombre del programa: Ayudas para la realización de actividades culturales 2009

Destinatarios: Personas físicas o jurídicas, así como cualquier otra agrupación de personas, comunidad de bienes, unidad económica o patrimonio separado que, aun careciendo de personalidad jurídica, puedan llevar a cabo los proyectos, actividades o comportamientos objeto de estas ayudas o se encuentren en la situación que motiva la concesión de la subvención.

Características:

Presupuesto: El crédito inicialmente destinado para esta finalidad es de 120.000 €, que podrá incrementarse según las disponibilidades presupuestarias.

Actuaciones subvencionables:

  • Actividades artísticas y culturales que contribuyan a la difusión del patrimonio cultural gallego y se desarrollen en las entidades gallegas del exterior, o en aquellos lugares situados fuera de Galicia dónde resida un número significativo de ciudadanos gallegos.
  • Actuaciones de grupos de chicos y chicas gallegos, residentes en el exterior, que fomenten la difusión en Galicia de las actividades artísticas y/o culturales que se desarrollen en sus colectividades.

Gastos subvencionables:

  • Actividades artísticas y/o culturales que contribuyan a la difusión del patrimonio cultural gallego y se desarrollen en las entidades gallegas del exterior, o en aquellos lugares ubicados a excepción de Galicia donde resida un número significativo de ciudadanos gallegos. 
  • Actuaciones de grupos de jóvenes gallegos, residentes en el exterior, que fomenten la difusión en Galicia de las actividades artísticas y/o culturales que se desarrollen en sus colectividades.

Cantidad máxima de la subvención: 8.000,00 €.

La cantidad de la subvención nunca podrá superar el importe del presupuesto presentado por el solicitante.

Solicitudes: Las solicitudes se presentarán, junto con la documentación correspondiente, bien en el registro general de la Secretaría General de la Emigración; o bien en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4º de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y de procedimiento administrativo común.

Las solicitudes y documentación correspondiente se dirigiran a la Secretaría General de la Emigración, calle Basquiños nº 2, 15704, Santiago de Compostela (A Coruña) 

Plazo de presentación: Hasta el 1 de octubre de 2009 

Resolución: Resolución del 26 de agosto de 2009 de la Secretaría General de la Emigración por la que se establecen y regulan las ayudas para la realización de actividades culturales con destino a los lugares en los que estén radicadas las entidades gallegas en el exterior.;

Convocatoria: Diario Oficial de Galicia nº 171, del 1 de septiembre de 2009

Promovido por: Secretaria Xeral da Emigración

Ano: 2009

Contacto:

Secretaría General de la Emigración
Subdirección General de Centros y Comunidades Gallegas
Basquiños, 2 CP 15704. Santiago de Compostela (A Coruña)
entidadesgalegas@xunta.es
Tfo: 981 547 353 // 981 957 162 // 981 547 239
Fax.: 981 957 399

Documentación:

a) Solicitud según el modelo normalizado. (ANEXO I

b) Fotocopia compulsada del DNI , CIF o documentación que acredite la personalidad del solicitante. 

c) En el caso de las personas jurídicas, acreditación de la representación legal de la entidad. Las agrupaciones carentes de personalidad jurídica deberán acercar documento de nombramiento del representante o apoderado legal único, documento que deberá estar debidamente firmado por todos los miembros del grupo. (ANEXO III

d) Memoria descriptiva de la actividad a realizar. (ANEXO IV

e) Currículum o trayectoria profesional del artista o grupo solicitante. (ANEXO IV

f) Presupuesto que incluya los gastos generados por la realización de la actividad de que se trate que deberá venir acompañado de las facturas proforma o documentos similares que acrediten la realidad y adecuación del presupuesto (ANEXO IV

g) En su caso, acreditación escrita del compromiso conseguido con la entidad gallega en el exterior para la realización de la actividad cultural propuesta, firmada por su secretario, con el visto bueno de su presidente. 

h) Declaración del conjunto de ayudas solicitadas -tanto las aprobadas o concedidas como las pendientes de resolución- para las mismas acciones para las que se solicitó la subvención, de las distintas administraciones públicas competentes o cualquiera de sus organismos, entes o sociedades o, en su caso, una declaración de que no solicitó ni percibió otras ayudas o subvenciones. (ANEXO II

i) Acreditación del cumplimiento de los deberes tributarios y con la Seguridad social. La presentación de la solicitud de concesión de esta ayuda por el interesado comportará la autorización al órgano gestor para solicitar las certificaciones que deban emitir la Agencia Estatal Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consejería de Hacienda de la Xunta de Galicia. 

j) Para el caso de que el solicitante de la ayuda no tenga su residencia fiscal en territorio español, deberá presentar certificado de residencia fiscal emitido por los organismos competentes y declaración de que el solicitante se encuentra al día en el cumplimiento de los deberes tributarios y frente a la Seguridad Social y de no tener pendiente de pago ninguna otra deuda con la Administración Pública de la comunidad autónoma de Galicia. 

Data de publicación: 01 de Setiembre de 2009