Abierto el plazo para solicitar las Ayudas Económicas Individuales para las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad

El Gobierno gallego  publica hoy en el DOG esta convocatoria que destina 2,75M€ a las personas en grave riesgo social.

El plazo de solicitud finalizará el próximo 29 de marzo.

El plazo de solicitud finalizará el próximo 29 de marzo
El plazo de solicitud finalizará el próximo 29 de marzo
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Santiago de Compostela, 15 de febrero de 2022.

El Diario Oficial de Galicia publica hoy la nueva línea de ayudas de la Secretaría Xeral da Emigración para  las familias gallegas del exterior en situación de vulnerabilidad.

La partida de este año llega nuevamente hasta los 2.750.000 euros. El objetivo es paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de miles de familias gallegas del exterior que se encuentran en una situación económica precaria, especialmente en el actual contexto de pandemia. 

El plazo para presentar la solicitud permanecerá abierto hasta el 29 de marzo. Se trata de una ayuda de pago único a la que el departamento que dirige Antonio Rodríguez Miranda destina cada año una parte importante de su presupuesto.         

La convocatoria de este programa de la Secretaría Xeral da Emigración se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y está dirigida a las y los emigrantes de origen gallego, y a determinadas y determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y que cumplan los requisitos de necesidad estipulados en cada tipo de ayuda.

La convocatoria abarca siete tipos de ayuda. Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas, por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; las terceras, por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas, por invalidez o enfermedad permanente; las quintas, por cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; las sextas, para las mujeres que sufran violencia de género; y, las últimas, para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.  

Para mayor información, las y los interesados pueden dirigirse a este enlace.

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