La Secretaría Xeral da Emigración incrementa en un 20% las ayudas individuales para gallegas y gallegos del exterior en situación de precariedad, a quienes destina 2,6 millones de euros

Se trata de un pago anual único que pretende contribuir a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de las familias con menos recursos. 

El plazo de presentación de solicitudes para este programa, que destina 900.000 euros a la especial situación de las gallegas y los gallegos de Venezuela, finalizará el 14 de mayo.

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Santiago de Compostela, 29 de marzo de 2018.

El Diario Oficial de Galicia (DOG) acaba de publicar la convocatoria de las ayudas económicas individuales a residentes en el Exterior para el año 2018 que concede anualmente la Secretaría Xeral da Emigración y que este año experimentan una subida del 20 %, pasando de los 2,1 millones destinados a este fin en 2017 a los 2,6 de este año. El objetivo de esta medida es paliar las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria de miles de familias gallegas del Exterior que se encuentran en una situación económica precaria.

El plazo para realizar la correspondiente solicitud finaliza el 14 de mayo. Se trata de una ayuda de pago único a la que el departamento que dirige Antonio Rodríguez Miranda dedica cada año una parte importante de su presupuesto, y que en este ejercicio presta especial atención a la compleja situación que atraviesa Venezuela y los gallegos y gallegas que residen en el país, a quienes el Gobierno gallego destina 900.000 euros. La convocatoria se realiza en régimen de concurrencia no competitiva y está dirigida a las y los emigrantes de origen gallego, y a determinadas y determinados familiares residentes en el extranjero, que acrediten encontrarse en situación de alta precariedad económica.

Diferentes líneas para distintos objetivos 
El grado de dependencia, la gravedad de las enfermedades y sus tratamientos, los ingresos económicos, y la edad de la persona solicitante, así como las cargas familiares, son los criterios básicos de valoración. Podrán ser beneficiarias de estas subvenciones las personas que demuestren carecer de rentas, ingresos o patrimonio suficientes para la subsistencia, y que cumplan los requisitos de necesidad estipulados en cada tipo de ayuda.

La convocatoria abarca siete tipos de ayuda. Las primeras son aquellas por unidad familiar en situación de precariedad; las segundas, por situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante; las terceras por situación de dependencia o enfermedad grave en el seno de la unidad familiar; las cuartas por invalidez o enfermedad permanente; las quintas por cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves cuando tengan un coste elevado; las sextas para las mujeres que sufran violencia de género; y las últimas para paliar una situación de desempleo en la unidad económica familiar.

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