Reencontros de lecer. Año 2020

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Información e instrucciones para la cumplimentación de solicitudes.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución del 29 de junio de 2020, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se regulan y se convocan las subvenciones del programa Reencontros de lecer para personas residentes en el exterior durante el año 2020 (código de procedimiento PR926F).
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
03.07.2020
Estado: 
Procedimiento cerrado

Objeto y finalidad de las ayudas:
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases  por las que se regirá el programa “Reencuentros de Lecer” para personas emigrantes e hijos/as de emigrantes residentes en Europa orientado a promover el contacto de las personas gallegas residentes en países europeos con su tierra, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia, y contribuir a mejorar la calidad de vida, salud y bienestar de este colectivo. 

Plazas convocadas:
La asignación del número de plazas queda fijada para el año 2020 de la siguiente manera:

País Nº de plazas convocadas
Alemania 30
Francia 30
Reino Unido 30
Suiza 30
Resto Países de Europa 30
Total 150

 

Las plazas que queden vacantes, hasta un máximo de un 30% del total, podrán ser redistribuidas proporcionalmente por la Secretaría Xeral da Emigración entre aquellos países que tengan un mayor número de solicitudes admitidas en relación con las plazas ofertadas.

Características del programa:

  1. Los servicios que incluye el programa son los siguientes:
    a) Viajes de ida desde el país de residencia habitual de la persona solicitante hasta un aeropuerto  de Galicia y el viaje de retorno al mencionado país.
    b) Transporte de ida desde el aeropuerto de llegada a Galicia hasta el establecimiento hotelero y desde éste al aeropuerto el día de retorno al país de residencia.
    c) Alojamiento durante 8 días y 7 noches en hotel balneario de tres estrellas o superior, situado en la Comunidad Autónoma de Galicia, en régimen de pensión completa en habitación doble para compartir, con la opción de habitación individual abonando el suplemento y sujeta a disponibilidad.
    d) Programa de actividades de ocio, que contará con uno mínimo de dos excursiones o actividades a recursos turísticos o poblaciones de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  2. La condición de persona beneficiaria quedará supeditada al pago del veinte por ciento del coste por persona de cada uno de los servicios que incluye el programa y, de ser el caso, del suplemento por habitación individual.
    Este pago deberá ser ingresado por transferencia o tarjeta de pago, en la cuenta bancaria de la agencia de viajes designada por concurso público, con una antelación de 20 días naturales a la fecha señalada para realizar el viaje. Se entenderá que quien no cumpla con este requisito desiste de su solicitud. La Secretaría Xeral da Emigración podrá verificar estos aspectos en cualquier momento.

Requisitos de las personas beneficiarias:

  • a) Ser emigrante gallega o hija/hijo de persona emigrante gallega.
  • b)Tener la nacionalidad española
  • c) Residir en países de Europa de manera continuada, como mínimo, durante los últimos 10 años.
  • d) Tener, cuando menos, 60 años de edad, contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
  • e) Percibir, en el respectivo país de residencia, una pensión de jubilación, de viudedad o ser pensionista por otros conceptos. Asimismo, también podrán ser beneficiarias aquellas personas que sean perceptoras de prestaciones o subsidios de desempleo.
  • f) Podrán ir beneficiarias, como acompañantes, las personas unidas en matrimonio, unión de hecho o relación análoga, siempre que cumplan los requisitos de la convocatoria.
  • g) Las personas beneficiarias de este programa podrán ir acompañadas de los/de las hijos/hijas con discapacidad, siempre que cumplan los requisitos señalados en la convocatoria.

Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar:

Lugar de presentación de la documentación:
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de Llave 365 (https://sede.xunta.es/chave365).

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

También podrán enviar la solicitud firmada a la Secretaría Xeral da Emigración a través de correo postal o paquetería, situada en la Plaza de Mazarelos, 15 - 15781 Santiago de Compostela.

FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES pinchar aquí para acceder a la Sede electrónica

 

Documentación para descargar:

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
03.08.2020