Programa de viajes "Reencontros na Casa" para residentes en el exterior 2019
Correo-e para solicitar información: accion.social.emigracion@xunta.gal
Objeto y finalidad de las ayudas:
El programa “Reencontros na Casa” está orientado a promover el contacto de gallegos y gallegas residentes en el exterior con su tierra y con sus familias, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.
Plazas convocadas y fechas de realización:
La asignación del número de plazas queda fijada para el año 2019 del siguiente modo:
País | Nº de plazas / Porcentaje financiación | |||
---|---|---|---|---|
100% | 90% | 60% | 0% | |
Argentina | - | - | 75 | 5 |
Brasil | - | - | 15 | 5 |
Cuba | - | 10 | - | - |
Uruguay | - | - | 32 | 5 |
Venezuela | 50 | - | - | - |
Resto países de América | - | - | 8 | 10 |
Total | 50 | 10 | 130 | 25 |
Las plazas que queden vacantes, hasta un máximo de un 25% del total, podrán ser redistribuidas proporcionalmente por la Secretaría Xeral da Emigración entre aquellos países que tengan un mayor número de solicitudes admitidas en relación con el tipo de plazas ofertadas.
El 90 % de las plazas asignadas a cada país se destinará a personas que cumplan los requisitos indicados en el artículo 2, puntos 1 y 2, y el 10 % restante a las personas que cumplan los requisitos del punto 3 del mismo artículo. Si no se completara una de estas cuotas, las plazas vacantes podrán añadirse a la otra.
Personas beneficiarias:
- Podrán ser solicitantes de este programa aquellas personas que cumplan los siguientes requisitos:
1.1. Ser emigrante gallega.
1.2. Tener la nacionalidad española.
1.3. Residir en América de manera continuada, como mínimo, durante los últimos 10 años.
1.4. Tener, cuando menos, 65 años de edad, contados en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.
1.5. No participar en los últimos cinco años naturales en programas de viajes a Galicia de esta Secretaría Xeral.
1.6. Para ser personas beneficiarias de este programa será necesario que puedan valerse por sí mismas y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y que estén en condiciones de realizar un viaje de larga duración, circunstancias que deberán acreditarse mediante los correspondientes certificados médicos.
1.7. Tener familiares de hasta el cuarto grado de consanguinidad o afinidad con quien puedan residir durante su estadía en Galicia.
1.8. Tener ingresos inferiores a tres veces el importe de las bases de cálculo de la prestación económica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social del Estado español para el año de la convocatoria, según los países de residencia, para poder optar a las plazas financiadas al 100%, al 90% y al 60% que se recogen en el artículo 4. Estos límites no será aplicables a las plazas financiadas al 0%.
Si la persona solicitante convive con otra u otras personas en una misma unidad económica familiar, la cuantía anterior vendrá determinada por la suma del límite máximo de ingresos personales más el resultado de multiplicar el 70 % de la citada cifra por el número de personas que conviven menos uno. - Podrán ser beneficiarias, como acompañantes, las personas unidas por matrimonio, unión de hecho o relación análoga de afectividad a las personas solicitantes del programa indicadas en el punto 1, con la condición de que cumplan los requisitos establecidos en los puntos 1.5 y 1.6 y aporten la documentación justificativa.
- También podrán ser personas beneficiarias los hijos y las hijas de personas emigrantes gallegas que tengan la condición de gallego/a y cumplan los requisitos indicados en los números 1.2, 1.3, 1.4, 1.6, 1.7 y 1.8 anteriores, y no participaran en programas de viajes a Galicia de la Secretaría Xeral da Emigración en los últimos 10 años.
Características:
- La condición de beneficiario/a de este programa quedará supeditada al compromiso de acogida de la familia de la persona solicitante residente en Galicia y al pago, dentro del plazo establecido en su momento, del porcentaje correspondiente del pasaje de avión.
- Las personas participantes podrán permanecer con sus familias en Galicia 15, 30 ó 45 días desde su llegada a nuestra comunidad autónoma, y correrán por su cuenta todos los gastos de alojamiento, manutención y cualquier otro derivados de su estadía en Galicia.
- Los viajes serán de ida desde el país de residencia habitual de la persona solicitante hasta un aeropuerto de Galicia y de retorno al citado país.
- Las personas beneficiarias deberán ingresar, por transferencia o tarjeta de crédito, en la cuenta bancaria de la agencia de viajes designada, la parte que les corresponda del importe del billete con una antelación de 20 días naturales a la fecha señalada para realizar el viaje. Se entenderá que quien no cumpla con este requisito desiste de su solicitud.
- La prestación de asistencia sanitaria de las personas beneficiarias se realizará de acuerdo con la legislación en esta materia y los convenios subscritos por el Estado español y la Comunidad autónoma de Galicia.
FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES: | pinchar aquí para acceder a la Sede electrónica |
Documentación para descargar:
- Texto íntegro de la convocatoria en el D.O.G.: pinchar aquí para descargar
- Extracto de la convocatoria en el D.O.G.: pinchar aquí para descargar
Lugar de presentación:
- Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del formulario electrónico normalizado que figura como anexo I de esta resolución, accesible desde la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Las personas solicitantes que no posean certificado electrónico y así lo deseen, podrán dirigirse a las entidades que se indican a continuación, en las cuales existen personas habilitadas para la presentación electrónica de sus solicitudes:
* En Argentina:
Delegación de la Xunta de Galicia en Buenos Aires.
* En Uruguay:
Delegación de la Xunta de Galicia en Montevideo
* En Brasil:
– Pena Gallega de la Casa de España de Río de Janeiro .
– Sociedad Hispano Brasileña de Socorros Mutuos e Instrucción de São Paulo.
– Sociedad de Socorros Mutuos y Beneficencia Rosalía de Castro en Santos.
* En Cuba:
– Federación de Sociedades Gallegas en La Habana.
* En Venezuela:
– Hermandad Gallega de Venezuela en Caracas. - Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.