Ayudas dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo para desarrollar acciones de formación laboral que contribuyan a la participación de personas inmigrantes y retornadas en el mundo laboral en Galicia. Año 2012.

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Resolución de la convocatoria: 
RESOLUCIÓN de 25 de junio de 2012, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras de las ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, dirigidas a entidades sin ánimo de lucro, para desarrollar acciones de formación laboral, cofinanciadas por el Fondo Social Europeo, que contribuyan a incrementar la participación de las personas inmigrantes y retornadas en el mundo laboral en la Comunidad Autónoma gallega y se convocan para el año 2012.
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración da Xunta de Galicia
Fecha de publicación: 
28.06.2012
Estado: 
Procedimiento cerrado

Fondo Social EuropeoObjeto:

1. El objeto de las bases reguladoras es la concesión de subvenciones a las entidades señaladas en el artículo 2 para el desarrollo de acciones de formación laboral que contribuyan a incrementar la participación de las personas inmigrantes y retornadas en el mundo laboral en la Comunidad Autónoma gallega para el año 2012.

2. Solo podrán subvencionarse las acciones formativas a las que se hace referencia en el artículo 4 de las bases reguladoras.

3. Estas acciones son elegibles en el marco del Programa operativo FSE Galicia 2007-2013, en el eje 2 y en el tema prioritario 70, y están cofinanciadas por el Fondo Social Europeo en un 80%.

Beneficiarios:

1. Podrán acceder a la condición de beneficiarias y solicitar las subvenciones reguladas en esta resolución las entidades sin ánimo de lucro, las organizaciones profesionales y las organizaciones empresariales que desarrollen actividades formativas de integración laboral dirigidas a personas retornadas o inmigrantes que cumplan los siguientes requisitos:

a) Estar legalmente constituidas y debidamente inscritas en el correspondiente registro administrativo.

b) Tener su dirección social o delegación en la Comunidad Autónoma de Galicia, entendiendo por delegación disponer de una oficina permanente en ella.

c) Disponer de estructura y capacidad para garantizar la realización de las acciones objeto de subvención.

d) No incurrir en ninguna de las circunstancias y prohibiciones para obtener la condición de beneficiario de subvenciones enumeradas en el artículo 10 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

2. No podrán ser beneficiarias de las subvenciones las entidades de derecho público, las universidades, los partidos políticos, las organizaciones sindicales, ni las sociedades civiles.

3. En el supuesto de que se presenten federaciones, confederaciones o asociaciones de entidades sin ánimo de lucro o de organizaciones profesionales o empresariales, no podrán concurrir a la convocatoria las entidades que formen parte de estas, quedando excluidas las acciones formativas que presenten dichas entidades.

Incompatibilidad de las ayudas:

Las ayudas previstas en esta resolución son incompatibles con la percepción de otras subvenciones, ayudas, ingresos o recursos para la misma acción formativa procedentes de cualquier administración o entes públicos o privados, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales.

Obligaciones de los/as participantes en las acciones formativas.

Los/as participantes en las acciones formativas están obligados a acreditar documentalmente su condición de inmigrantes o retornados/as y a autorizar por escrito a la Secretaría Xeral da Emigración para consultar sus datos de la Vida laboral, con la finalidad de comprobar el grado de inserción en el mercado laboral conseguido por las acciones formativas. La documentación acreditando la condición de inmigrante o retornado/a y la autorización para consultar la Vida laboral, se aportarán a la entidad subvencionada organizadora del curso al inicio de este.

 

*Nota: Permite cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. No se puede guardar el documento ya que se perderán todos los cambios realizados.

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
28.07.2012