2º Paso: Envío por la Oficina del Censo Electoral de la documentación electoral - Elecciones Autonómicas 2016
Consulta de la inscripción en el censo electoral
1er Paso: Solicitud del voto
2º Paso: Envío por la Oficina del Censo Electoral de la documentación electoral
3er Paso: Emisión del voto
2º Paso: Envío por la Oficina del Censo Electoral de la documentación electoral
(Del 30 de agosto al 7 de septiembre)
Las Delegaciones Provinciales de la Oficina del Censo Electoral, remitirán al/la elector/a, por correo certificado, la siguiente documentación:
- Papeletas de votación
- 1 Sobre de votación
- 2 Certificados idénticos de estar inscrito/a en el censo de residentes ausentes
- 1 sobre con la dirección de la Junta Electoral Provincial del/la elector/a
- 1 sobre con la dirección de la Oficina consular de carrera o de la sección consular de la misión diplomática en la que el/la elector/a está inscrito/a
- 1 impreso para la devolución de los gastos de envío del voto por correo