Ayudas de emergencia social. Año 2026

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Avísame

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Información e instrucciones para la cumplimentación de solicitudes.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución de 27 de enero del 2026, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras del programa de ayudas de emergencia social y se procede a su convocatoria para el año 2026 (código de procedimiento PR935A).
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
09.02.2026
Estado: 
Procedimiento abierto

Objeto de este programa y supuestos de ayuda:

El programa de Emergencia Social del 2026 se convoca con el fin de otorgar una prestación económica única a personas emigrantes gallegas y descendientes que se encuentren en una situación de emergencia derivada de circunstancias extraordinarias sobrevenidas en el último año.

En concreto, la ayuda se dirige a cubrir gastos específicos para aliviar carencias graves referidas a:

  • Art. 1.1): las condiciones básicas de subsistencia: alimentación, cuidados personales esenciales, educación.
  • Art. 1.2): las condiciones de su vivienda: deterioro grave, falta de equipos o dotaciones esenciales.
  • Art. 1.3): las condiciones de salud y bienestar social: necesidades acuciantes de carácter sanitario o asistencial.

Estas ayudas son incompatibles con otras ayudas públicas para los mismos conceptos.

Destinatarios:

Emigrantes gallegos y sus hijos/as o, en el supuesto de emergencias del art. 1.3, nietos con nacionalidad española que tengan pocos recursos y residan actualmente en alguno de los países de América para los cuales el Estado español haya fijado la base de cálculo para la prestación por razón de necesidad.

Requisitos generales:

  1. Los no nacidos en Galicia: figurar inscrito/a en el PERE y vinculado/a con algún ayuntamiento gallego al menos tres meses antes de la presentación de la solicitud. 
  2. Carecer de rentas o ingresos suficientes y acreditarlo conforme a lo dispuesto en el art. 8.
  3. Carecer de patrimonio inmueble suficiente y acreditarlo conforme a lo dispuesto en el art. 8.
  4. Acreditar documentalmente la situación de emergencia social que justifique la solicitud de ayuda, según lo indicado en el art. 8.1.4.
  5. Cumplir los requisitos establecidos en la legislación de subvenciones para poder obtener ayudas públicas (cfr: Declaración de la persona solicitante o representante del Anexo I).
  6. En caso de solicitud de ayuda para cubrir gastos de adecuación de la vivienda habitual (art. 1.2) o de carácter sanitario o asistencial (art. 1.3): presentar justificación gastos realizados y pagados según Anexo IV.

Plazo para la presentación de las solicitudes y documentación complementaria: 

Desde el 16 de febrero a las 9.00 hs al 5 de octubre a las 20.00 hs. del 2026.

Forma y lugar de presentación de las solicitudes:

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica, mediante el formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, (disponible en https://sede.xunta.gal y http://emigracion.xunta.gal) y por cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365), o a través de las siguientes entidades colaboradoras, que podrán presentarlas por esa vía, en su nombre, mediante la oportuna autorización:

  • En Argentina: Delegación de la Xunta de Galicia en Buenos Aires
  • En Uruguay: Delegación de la Xunta de Galicia en Montevideo
  • En Brasil:
    • Peña Gallega de la Casa de España de Río de Janeiro
    • Sociedade Hispano Brasileira de Socorros Mútuos e Instrução, en São Paulo
    • Sociedade de Socorros Mútuos e Beneficente Rosalía de Castro, en Santos
    • Asociación Cultural Caballeros de Santiago, en Salvador de Bahía
  • En Cuba: Federación de Sociedades Galegas en la Habana
  • En Venezuela: 
    • Hermandad Galega de Venezuela en Caracas
    • Hermandad Galega de Valencia
    • Centro Galego de Maracaibo
    • Centro Galego de Puerto de la Cruz 
    • Asociación Hijos de Galicia dos Estados de Aragua e Lara, en Maracay

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en los Consulados de España o en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.

FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES:  pinchar aquí para acceder a la Sede electrónica
Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
05.10.2026