La Xunta destina 900.000 euros a las infraestructuras de las comunidades gallegas en el exterior en el año 2011.
El Diario Oficial de Galicia publicó ayer la resolución por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones de estos programas financiados por la Secretaría Xeral de la Emigración.
Serán subvencionables la reforma, rehabilitación y conservación de las instalaciones y restauración del patrimonio de las entidades gallegas; la mejora de sus dotaciones y equipamientos; y el acondicionamiento y dotación o renovación de fondos de sus bibliotecas.
El Diario Oficial de Galicia (DOG) publicó ayer la resolución por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a los programas de apoyo infraestructural a las comunidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2011, a las que la Xunta de Galicia, a través de la Secretaría Xeral da Emigración, destinará un total de 900.000 euros.
La resolución publicada en el DOG abarca subvenciones destinadas a las entidades gallegas en el exterior para la reforma, rehabilitación y conservación de sus instalaciones y restauración de su patrimonio; para la mejora de dotaciones y equipamientos; y para el acondicionamiento y dotación o renovación de fondos de bibliotecas.
Tres líneas de ayuda
Esta convocatoria de ayudas para el próximo año se divide, de esta manera, en tres líneas de apoyo a las comunidades gallegas en el exterior: la primera de ellas, de ayudas a entidades gallegas en el exterior para la reforma, rehabilitación y conservación de sus instalaciones. En este caso el importe máximo de la ayuda ascenderá a 50.000 euros y serán subvencionables las inversiones que realicen las entidades gallegas propietarias de instalaciones para su rehabilitación y conservación; las inversiones que realicen las entidades gallegas en obras imprescindibles de rehabilitación y conservación de las instalaciones que, aunque no sean propias, utilicen como sede habitual y permanente; la ejecución de obras de reforma que tengan como finalidad la ampliación, mejora, modernización, adaptación, adecuación o refuerzo de instalaciones ya existentes titularidad de las entidades gallegas en el exterior; la realización del proyecto de obras firmadas por técnico competente y/o expedición de la preceptiva licencia municipal de obras (hasta un 10 % de la inversión total); y la restauración de los bienes de interés artístico e histórico, así como de aquellos documentos, fondos o colecciones que conformen el patrimonio bibliográfico y documental titularidad de las entidades gallegas en el exterior, llevadas a cabo por técnicos competentes en cada una de las materias.
La cuantía máxima por subvención de la segunda línea de ayudas, destinada a entidades asociativas de emigrantes gallegos en el exterior para la mejora de dotaciones y equipamientos, ascenderá a 20.000 euros. En este caso, serán subvencionables los gastos derivados de la adquisición, por parte de las entidades, de mobiliario y equipamientos que contribuyan a mejorar las condiciones asistenciales, culturales, educativas, etc., en beneficio de sus asociados; los equipamientos tecnológicos, informáticos y de telecomunicaciones; los instrumentos musicales y la vestimenta tradicional gallega destinados a los grupos de carácter cultural de la entidad gallega solicitante; la dotación de equipamientos y material para ludotecas destinados a espacios de juego dentro de las instalaciones de las entidades gallegas que contribuyan al desarrollo integral y positivo de los niños hijos de los asociados; y cualquier otro material inventariable que contribuya a la mejora de las dotaciones y equipamientos de las entidades gallegas radicadas en el exterior.
Con respecto a las ayudas para el acondicionamiento y dotación o renovación de fondos de las bibliotecas pertenecientes a las entidades gallegas en el exterior, la cuantía máxima por subvención no podrá superar los 5.000 euros. Al amparo de esta línea de subvenciones podrán ser financiados los gastos de realización de obras de reforma, rehabilitación, conservación y restauración de las dependencias que se destinen única y exclusivamente a bibliotecas; los equipamientos y adquisición de mobiliario destinado a bibliotecas; la dotación o renovación de los fondos bibliográficos y su informatización; y la adquisición de equipamientos informáticos para la administración de los fondos bibliográficos de los centros.
Beneficiarios y plazo de presentación de solicitudes
Podrán ser beneficiarios de estas subvenciones las entidades gallegas que tengan reconocida la galleguidad, de conformidad con la Ley de reconocimiento de la galleguidad, o su condición de centro colaborador, mediante resolución aprobatoria dictada por la Secretaría Xeral da Emigración. Además, las entidades que presenten solicitud al amparo de la tercera línea, de acondicionamiento y dotación y/o renovación de las bibliotecas de las entidades gallegas, esíxelles que dispongan en sus instalaciones de biblioteca propia.
El plazo de presentación de solicitudes será de 45 días naturales contados a partir del día siguiente al de la publicación de esta resolución en el Diario Oficial de Galicia. En el caso de que el último día del plazo coincida en día inhábil, se entenderá prorrogado al primer día hábil siguiente.
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