Requirimientos de enmienda de documentación de solicitudes de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para el desarrollo de programas de acogida e integración de población inmigrante y retornada en Galicia 2010.

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Publicación del listado con las entidades que precisan enmendar documentación.
Estado: 
Procedimiento cerrado

Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución del 16 de julio de 2010, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se regula la concesión, en régimen de concurrencia no competitiva, de subvenciones a entidades sin ánimo de lucro para desarrollar programas destinados a favorecer los procesos de acogida e integración de la población inmigrante y retornada en la Comunidad Autónoma gallega durante el año 2010, y de acuerdo con lo establecido en el artículo 8 de dicha resolución, se requiere a las entidades que se relacionan en el Anexo para que en el plazo de 10 días hábiles contados a partir de la publicación enmienden la falta o acerquen los documentos preceptivos, en original o copia compulsada, indicados a cada entidad como motivo de la enmienda.

Se advierte que, según el artículo 71.1 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, de no enmendar la falta o acercar la documentación requerida en el plazo antedicho, se tendrá por desistida a la entidad de su petición, luego de la correspondiente resolución que será dictada en los termos previstos en el artículo 42 de dicha ley.

Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración en su dirección en la calle Basquiños, 2, CP 15704 de Santiago de Compostela o a los números de teléfono 981 54 72 74 y 981 54 72 72.

En las solicitudes de información deberá indicarse el medio elegido para su contestación, así como el número de expediente, que servirá como contraseña personal que permita la identificación como como interesado en el procedimiento.

Las contestaciones tendrán un carácter meramente informativo para el solicitante, sin que puedan ser invocadas a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción.

Santiago de Compostela, 20 de septiembre de 2010

El jefe del Servicio de Programas y Atención Integral

Fdo.: Camilo Ríos Gestal

Fecha de publicación: 
20.09.2010
Documentación asociada
Documentación asociada
Anexo listado de solicitudes de enmienda382.05 KB