Requerimientos de enmienda de las solicitudes de subvenciones presentadas por las entidades gallegas al amparo del PROGRAMA B: Ayudas para la mejora de dotaciones y equipaminetos de carácter inventariable - 2017

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Anexo con listado de entidades.
Estado: 
Procedimiento cerrado

ASUNTO: Publicación de los REQUERIMIENTOS DE ENMIENDA de las solicitudes de subvenciones presentadas por las entidades gallegas al amparo del PROGRAMA B: Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable.

 

En el DOG nº 61, del 28-03-2017, se publicó la Resolución de 14 de marzo de 2017 de la Secretaría Xeral da Emigración por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de apoyo infraestrutural y adquisición de equipamientos para este ejercicio.

En esta convocatoria figura el Programa B: Ayudas para la mejora de dotaciones y equipamientos de carácter inventariable. El plazo para la presentación de solicitudes finalizó el 28-04-2017.

Después de revisar las solicitudes presentadas y la documentación que acompañan se comprobó que las correspondientes a las entidades que se indican en el anexo de este anuncio no están completas, bien porque en la solicitud no cumplimentaron campos de información obligatoria o bien porque no acompañan o es incorrecta la documentación que exige la convocatoria.

Los defectos detectados en la solicitud de cada entidad se indican en el anexo de este anuncio.

Mediante esta publicación se le requiere a cada una de las entidades afectadas para que en el plazo improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en la página web de la Secretaría Xeral da Emigración (http://emigración.xunta.gal – apartado Listas a convocatorias), aporten los documentos preceptivos, y/o enmienden el/los defecto/s, que para cada entidad se señalan (art. 10.3 y 20 de la orden de la convocatoria).

La documentación requerida deberá ser presentada en original o copia compulsada. (Las entidades con sede social en España la presentarán a través de la sede electrónica)

En el caso de no aportar la documentación requerida, o de no enmendar el/los defecto/s señalados dentro del plazo citado, se tendrá por desistida a la entidad de su solicitud, cumpliendo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia.

Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración en su dirección, en la Plaza de Mazarelos, 15. C.P. 15781, Santiago de Compostela, o a los números de teléfono 981 54 58 33 y 981 95 71 60. (Las respuestas tendrán un carácter meramente informativo, sin que puedan ser invocadas a los efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción).

Esta publicación se realiza simultáneamente en el tablero de anuncios de la Secretaría Xeral da Emigración y en la página web citada.

 

 

Santiago de Compostela, 19 de mayo de 2017.

El subdirector xeral da Emigración e das Comunidades Galegas

 

 

Ramón Brigos Fernández

Fecha de publicación: 
19.05.2017
Fecha fin de plazo: 
02.06.2017