Requerimientos de enmienda de las solicitudes de ayuda para la prestación de servicios socioasistenciales 2010 (programa 1)

Listen to this page using ReadSpeaker
1362 lecturas
Publicación del listado de entidades gallegas que deben enmendar las solicitudes de ayudas para la prestación de servicios socioasistenciales a favor de las personas de origen gallega residentes en el exterior y sus descendientes.
Estado: 
Procedimiento cerrado

ASUNTO: PUBLICACIÓN DE LOS REQUIRIMIENTOS DE ENMIENDA DE DOCUMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS AL AMPARO DEL PROGRAMA 1. AYUDAS A ENTIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS SOCIOASISTENCIALES EN FAVOR DE LAS PERSONAS DE ORIGEN GALLEGA RESIDENTES EN EL EXTERIOR Y SUS DESCENDIENTES DE LA RESOLUCIÓN DEL 11 DE ENERO DE 2010 DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA EMIGRACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN LAS AYUDAS Y SUBVENCIONES CORRESPONDENTES A DIVERSOS PROGRAMAS DE ACTUACIÓN EN FAVOR DE LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR PARA EL EJERCICIO 2010

Examinadas las solicitudes presentadas al amparo del Programa 1. Ayudas a entidades gallegas en el exterior para la prestación de servicios socioasistenciales en favor de las personas de origen gallega residentes en el exterior y sus descendiente de la Resolución del 11 de enero de 2010 de la Secretaría General de la Emigración por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las ayudas y subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación en favor de las comunidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2010 (D.O.G. nº 9, del 15/01/2010), y de acuerdo con lo establecido en el articulo 8º.2 de dicha resolución, se requiere a las entidades que se relacionan en el Anexo para que en un plazo máximo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación, enmienden la falta o acerquen los documentos preceptivos, en original o copia compulsada, indicados para cada entidad como Motivo de la enmienda.

De acuerdo con lo establecido en el articulo 20.5 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el caso de no enmendar la falta o no acercar la documentación requerida en el plazo antedicho, se tendrá por desistida a la entidad de su solicitud, logo de resolución que será ditada en los terminos previstos en el articulo 42 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común

Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría General de la Emigración en su dirección en la Rúa Basquiños, 2, C.P. 15704 Santiago de Compostela, o a los números de teléfono 981 54 58 33 e 981 95 71 60. Las contestaciones tendrán un carácter meramente informativo para el solicitante, sin que puedan ser invocadas para los efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescrición.

Esta publicación se realizará simultaneamente en el tablón de anuncios de la Secretaría General de la Emigración y en la página web www.galiciaaberta.com

Ver listado

Fecha de publicación: 
29.03.2010
Fecha fin de plazo: 
12.04.2010
Listas a convocatoria asociadas: