Requerimientos de enmienda Escuelas Abiertas presenciales 2012
PUBLICACIÓN DE LOS REQUERIMIENTOS DE SUBSANACIÓN DE DOCUMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES PRESENTADAS AL AMPARO DE LA RESOLUCIÓN DE 30 DE DICIEMBRE DE 2011 DE LA SECRETARÍA XERAL DA EMIGRACIÓN, POR LA QUE SE ESTABLECE Y SE REGULA EL PROGRAMA DE ESCUELAS ABIERTAS PRESENCIALES 2012 DESTINADAS A LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR
Examinadas las solicitudes presentadas al amparo de la Resolución de 30 de diciembre de 2011 de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establece y se regula el Programa de escuelas abiertas presenciales año 2012 destinadas a las comunidades gallegas en el exterior (D.O.G. nº 8, de 12/01/2012), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 4º de las bases reguladoras de dicha resolución, se le requiere a los solicitantes que se relacionan en el Anexo I para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación, subsanen la falta o aporten los documentos preceptivos.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 71 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, en el caso de no subsanar la falta o aportar la documentación requerida en dicho plazo, se tendrá por desistida de su solicitud, después de resolución que será dictada en los términos previstos en el artículo 42 de la citada Ley 30/1992.
Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración en su dirección en la Calle Basquiños, 2, CP 15704 de Santiago de Compostela o a los números de teléfono 981 95 73 53 y 981 95 71 62.
Las respuestas tendrán un carácter meramente informativo para el/la solicitante, sin que puedan ser invocadas para los efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción.
Anexo I con listado de solicitudes a enmendar (pinchar aquí para descargar)



