Requerimiento de enmienda de la documentación justificativa del Programa B: Ayudas a entidades gallegas en el exterior para la mejora de dotaciones y equipamientos. Año 2013

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ASUNTO: PUBLICACIÓN DEL REQUERIMIENTO DE ENMIENDA DE LA DOCUMENTACIÓN JUSTIFICATIVA PRESENTADA POR LAS ENTIDADES QUE SE INDICAN AL AMPARO DEL PROGRAMA B. AYUDAS A ENTIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR PARA LA MEJORA DE DOTACIONES Y EQUIPAMIENTOS DE LA RESOLUCIÓN DEL 22 DE ABRIL DE 2013 DE LA SECRETARÍA XERAL DA EMIGRACIÓN POR LA QUE SE ESTABLECEN LAS BASES REGULADORAS Y SE CONVOCAN LAS SUBVENCIONES CORRESPONDIENTES A PROGRAMAS DE ACTUACIÓN EN FAVOR DE LAS COMUNIDADES GALLEGAS EN EL EXTERIOR PARA EL EJERCICIO 2013

Examinada la documentación justificativa presentada por las entidades que se indican al amparo del Programa B. Ayudas a entidades gallegas en el exterior para la mejora de dotaciones y equipamientos de la Resolución del 22 de abril de 2013 de la Secretaría Xeral da Emigración por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a diversos programas de actuación en favor de las comunidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2013 (D.O.G. en º 81, del 26/04/2013), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 46º del Decreto 11/2009, del 8 de enero, por el que se aprueba el Reglamento de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, se requiere a las entidades que se relacionan en el Anexo para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación, enmienden la falta o remitan los documentos preceptivos, en original o copia compulsada, indicados para cada entidad como Motivo de la enmienda. La falta de presentación de la documentación requerida en el plazo establecido comportará la pérdida del derecho al cobro de la subvención.

Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración, en su dirección en la Calle Basquiños, 2, CP 15704 de Santiago de Compostela, o a los números de teléfono 981 54 58 33 y 981 95 71 60. Las contestaciones a las solicitudes de información tendrán un carácter meramente informativo para la entidad solicitante, sin que puedan ser invocadas a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción.

La publicación de estos requerimientos se realizará de forma simultánea en el tablón de anuncios de la Secretaría Xeral da Emigración y en la página web http://emigracion.xunta.es de acuerdo con lo establecido en el artículo 14 de la resolución de convocatoria.

*Nota: Los formularios online permiten cubrir los datos directamente sobre el formulario y a continuación imprimir el documento. Pero recuerde que si guarda el documento se perderán todos los cambios realizados.

Santiago de Compostela, 20 de noviembre de 2013.

El subdirector general de la Emigración y de las Comunidades Gallegas

Ramón Brigos Fernández

Fecha de publicación: 
20.11.2013
Fecha fin de plazo: 
02.12.2013