LISTADOS PROVISIONALES DE SOLICITUDES ADMITIDAS E INADMITIDAS / EXCLUIDAS DEL PROCEDIMIENTO CONECTA CON EL VOLUNTARIADO EN GALICIA 2025 (PR930C) CONVOCADO POR LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA EMIGRACIÓN DEL 7 DE ABRIL DE 2025
LISTADOS PROVISIONALES DE SOLICITUDES ADMITIDAS E INADMITIDAS / EXCLUIDAS DEL PROCEDIMIENTO CONECTA CON EL VOLUNTARIADO EN GALICIA 2025 (PR930C) CONVOCADO POR LA RESOLUCIÓN DE LA SECRETARÍA GENERAL DE LA EMIGRACIÓN DEL 7 DE ABRIL DE 2025 (DOG NÚM. 78 DEL 24 DE ABRIL).
En aplicación de lo dispuesto en el artículo 12.2 de la Resolución del 7 de abril de 2025 de esta Secretaría General de la Emigración, por la que se regulan las bases que regirán el procedimiento de concesión de ayudas para la participación en el programa CONECTA CON EL VOLUNTARIADO EN GALICIA 2025, se publican las listas provisionales de solicitudes admitidas e inadmitidas / excluidas por países, señalando, en su caso, la documentación que debe aportar o enmendar y la causa de exclusión con el correspondiente artículo de la Resolución incumplido.
A fin de facilitar la lectura, los solicitantes aparecen por orden alfabético. Los listados pueden descargarse pulsando en el cuadro que corresponda:
| PAÍS | LISTADOS | FECHA DE PUBLICACIÓN | PLAZO PARA LA MODIFICACIÓN DE LA SOLICITUD |
|---|---|---|---|
| ARGENTINA | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
| BRASIL | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
| CUBA | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
| URUGUAY | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
| VENEZUELA | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
| RESTO DE AMÉRICA | Descargar | 9 de junio de 2025 | Hasta el 23 de junio de 2025 |
Los documentos que se aporten para completar el expediente y los escritos de enmienda de la solicitud deben presentarse, preferentemente, en la misma oficina de la Delegación de la Xunta de Galicia o de la entidad colaboradora del país de residencia en la que presentó la solicitud, que será la encargada de su remisión por vía electrónica a la Secretaría General de la Emigración. O, de no existir alguna cerca de la localidad de residencia, en el registro general del Consulado de España más cercano.



