Ayudas de emergencia social. Año 2019
Objeto y finalidad de las ayudas:
Esta resolución tiene por objeto aprobar las bases por las que se regirá la concesión de ayudas dirigidas a personas emigrantes de nacionalidad española y de origen gallego residentes en el exterior, que carezcan de los recursos económicos necesarios para atender situaciones sobrevenidas de carácter extraordinario de emergencia social, sanitaria o asistencial, que precisen de una actuación urgente, para evitar o paliar situaciones de necesidad o exclusión social, así como las que tengan por objeto sufragar los costes de los viajes que tengan que realizar, por razones de estas características.
Personas beneficiarias:
- Las personas emigrantes gallegas y sus hijos/as, que posean la condición de personas gallegas residentes en el exterior.
- Excepcionalmente, para el caso de tener que realizar un viaje las personas a las cuales se refiere este punto y que no puedan valerse por sí mismas, también podrá ser beneficiaria una persona acompañante.
Requisitos de las personas beneficiarias:
a) Tener rentas o ingresos insuficientes.
b)Tener patrimonio insuficiente
c) Acreditar razones de carácter social, sanitario o asistencial de situaciones sobrevenidas en un tiempo próximo al de la solicitud, como máximo nos últimos doce meses que, por su gravedad, requieran una actuación urgente o la necesidad de realizar el viaje por mor de esta razón.
Plazo de presentación de solicitudes y documentación a presentar:
Plazo de presentación de solicitudes: desde el 18.04.2019 hasta el 02.12.2019, ambos incluidos.
Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en las páginas web: https://sede.xunta.gal y http://emigracion.xunta.gal.
Lugar de presentación de la documentación:
Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado, anexo I, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.
Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes presencialmente en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común.
Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de Chave 365 (https://sede.xunta.es/chave365).
FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES: | pinchar aquí para acceder a la Sede electrónica |
Texto íntegro de la convocatoria en el D.O.G.: pinchar aquí para descargar
Extracto de la convocatoria en el D.O.G.: pinchar aquí para descargar