Ayudas económicas individuales a gallegos y gallegas residentes en el exterior. Ejercicio 2017
Información del programa y formularios de solicitud de las ayudas económicas individuales de carácter social dirigidas a emigrantes gallegos y gallegas residentes en el extranjero que posean la nacionalidad española y a determinados/as familiares, que se encuentren en situación de necesidad económica. Estas ayudas están destinadas a cubrir las necesidades básicas de subsistencia y atención sociosanitaria.
Resolución de la convocatoria:
Resolución de 14 de marzo de 2017, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se regulan y se convocan las subvenciones del Programa de ayudas económicas individuales para personas residentes en el exterior para el año 2017.
Entidad:
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación:
24.03.2017
Estado:
Procedimiento cerrado
Las personas destinatarias:
- Emigrantes gallegos y gallegas, sus hijos e hijas, mayores de 18 años, que posean la condición de gallego/a de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia. La forma de acreditar la dicha condición de gallego/a se señala en el artículo 14 de esta resolución.
- Los nietos y las nietas de emigrantes gallegos/as, mayores de 18 años, que posean la condición de gallegos/as de acuerdo con lo que se establece en el artículo 3º.2 del Estatuto de autonomía de Galicia y acrediten un año de residencia continuada en Galicia.
- En el caso de fallecimiento de las personas indicadas en los puntos 1 y 2, podrán beneficiarse, por una única vez, de las ayudas por situación de dependencia o enfermedad grave, su cónyuge viudo/a, sus hijos y sus hijas, la pareja de hecho o relación análoga de afectividad, siempre y cuando no transcurrieran más de quince meses desde el fallecimiento.
- Los hijos, las hijas, los nietos y las nietas de personas emigrantes gallegas deberán tener la nacionalidad española, cuando menos, con un año de antigüedad a la fecha de final del plazo de presentación de solicitudes.
Los supuestos de necesidad:
- Situación de dependencia o enfermedad grave de la persona solicitante.
- Situación de dependencia o enfermedad muy grave en el seno de la unidad familiar.
- Invalidez o enfermedad permanente de la persona solicitante.
- Cobertura de medicamentos y tratamientos de enfermedades crónicas o graves, cuando tengan un coste elevado.
- Ayudas para las mujeres que sufran violencia de género.
- Situación de desempleo en la unidad familiar.
- Situación de precariedad en la unidad familiar.
El lugar de presentación de las solicitudes:
- En Argentina: Delegación de la Xunta de Galicia en Buenos Aires.
- En Uruguay: Delegación de la Xunta de Galicia en Montevideo.
- En Brasil:
- Peña Gallega de la Casa de España de Río de Janeiro.
- Sociedade Hispano Brasileira de Socorros Mútuos e Instrução en São Paulo.
- Sociedade de Socorros Mútuos e Beneficente Rosalía de Castro en Santos.
- En Cuba: Federación de Sociedades Gallegas en La Habana
- En Venezuela: Hermandad Gallega de Venezuela en Caracas.
- O en la Secretaría Xeral da Emigración (Plaza de Mazarelos, 15, 15703 Santiago de Compostela) o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 16 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El lugar de contacto e información:
Secretaría Xeral da Emigración. Servicio de Programas Socioasistenciales
Teléfonos: 981 547 291 - 981 545 880 Fax: 981 957 055
Correo electrónico: accion.social.emigracion@xunta.gal
FORMULARIOS DE SOLICITUD: pinchar aquí para acceder a la Sede Electrónica
Texto completo de la convocatoria en el DOG: pinchar aquí para descargar
Extracto de la convocatoria en el DOG: pinchar aquí para descargar
Finalización del plazo de presentación de solicitudes:
10.05.2017