Ayudas del programa "Reencontros na Terra" para residentes en el exterior. Año 2015

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Información del programa y formularios de inscripción.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución del 9 de marzo de 2015, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se regulan y convocan las subvenciones del Programa Reencontros na Terra para residentes en el exterior, durante el año 2015.
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
17.03.2015
Estado: 
Procedimiento cerrado

Objeto y finalidad de las ayudas:
Este programa tiene por objeto promover el contacto de los gallegos residentes en el exterior con su tierra, mediante un período de estadía en residencia y con sus familiares, fortaleciendo así los vínculos de unión con Galicia.

Plazas convocadas:
La asignación del número de plazas, realizadas en función de las necesidades reales y de las demandas constatadas en los diferentes países queda fijada fijada para el año 2015, de la siguiente manera:

País Nº de plazas
Argentina 77
Brasil 10
Cuba 7
Uruguay 30
Venezuela 9
Otros países 2
Total 135

 

El número de plazas inicialmente previsto para los distintos países podría variar para adaptarlo a los términos económicos previstos en el correspondiente contrato de servicios.

Las plazas que queden vacantes, hasta un máximo de un 25% del total de las 135 plazas, se distribuirán proporcionalmente entre aquellos países que tengan un mayor número de solicitudes admitidas en relación a las plazas ofertadas.

Fechas de realización:
Las personas beneficiarias de este programa viajarán a Galicia preferentemente en el mes de octubre.

Los viajes serán de ida desde el país de residencia habitual de la persona solicitante hasta un aeropuerto de Galicia y de retorno al dicho país.

Las personas participantes residirán durante 14 días en una residencia de tiempo libre o en otro establecimiento residencial de Galicia.

Serán por cuenta de las personas participantes que deseen prorrogar su estadía en Galicia todos los gastos durante el tiempo que permanezca con su familia, una vez finalizada la estadía en el establecimiento residencial, hasta completar un período aproximado de 30, 60 o 90 días desde la su llegada a Galicia.

Plazo de presentación de solicitudes

Hasta el 18 de mayo de 2015 (plazo de 2 meses contados a partir del siguiente al de publicación).

Personas beneficiarias:

1. Podrán ser beneficiarias de este programa aquellas personas que cumplan los seguin­tes requisitos:

  1.1. Ser emigrante gallega.

  1.2. Tener la nacionalidad española.

  1.3. Residir en América de manera continuada, como mínimo, durante los últimos 10 años.

  1.4. Tener, al menos, 65 años hechos en la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes.

  1.5. No haber participado en los últimos 15 años naturales en programas de viajes a Galicia de esta secretaría general o del Estado español.

  1.6. Valerse por sí misma y no padecer trastornos psicofísicos que alteren la normal convivencia y estar en condiciones de realizar un viaje de larga duración, circunstancias que deberán acreditar mediante los correspondientes certificados médicos.

  1.7. Tener ingresos inferiores a 1,5 veces el importe de las bases de cálculo de la prestación eco­nómica por ancianidad del Ministerio de Empleo y Seguridad Social del Estado español para el año de esta convocatoria, según el país de residencia. Si la persona solicitante convive con otras u otras personas en una misma unidad económica familiar, la cuantía anterior vendrá determinada por la suma del límite máximo de ingresos personales más el resultado de multipli­car el 70% de dicha cifra por el número de personas que convivan menos una.

2. Las personas solicitante podrán venir acompañadas por las unidas a ellas por matrimonio, unión de hecho o relación análoga de afectividad, siempre y cuando estas cumplan los re­quisitos establecidos en los puntos 1.3, 1.5 y 1.6 y acerquen la documentación justificativa.

Documentación a presentar:

1. La documentación que deberá acercar la persona solicitante es la siguiente:

  - Solicitud según el modelo normalizado del anexo I.

  - Documento acreditativo de la identidad y nacionalidad.

  - Documentación acreditativa de la última vecindad administrativa en Galicia.

  - Documentación acreditativa de la residencia en América, del lugar y fecha de nacimiento, en el caso de que estos datos no estén especificados en la documentación anterior.

  - En los países en que exista la obligación de presentar declaración de la renta de las personas físicas o declaración similar, una copia de la última declaración presentada por la persona solicitante y/o los demás miembros de la unidad económica familiar. En el caso de que no estuvieran realizándola obligados, una justificación oficial de esta circunstancia y certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensiones de cualquier naturaleza que perciba la persona solicitante y/o los demás miembros de la unidad económica familiar.

  - En los países en que no exista la obligación de presentar declaración de la renta de las personas físicas o declaración similar, certificación o justificante acreditativo de los ingresos, rentas o pensiones de cualquier naturaleza que perciba la persona solicitante y/o los demás mem­bros de la unidad económica familiar.

  - Certificado médico, según el modelo normalizado (anexo II).

  - Libro de familia, si procede. En su defecto, se acercará documentación justificativa del matrimonio, de la unión de hecho o relación análoga y del nacimiento del resto de miembros de la unidad económica familiar.

  - Documento en que conste si la persona solicitante es beneficiaria de las prestaciones eco­nómicas por ancianidad del Estado español. De no presentarlo, se entenderá que desiste de la aplicación del criterio preferente de selección, señalado en el punto 2 del artículo 11 de la resolución de convocatoria.

  - Una fotografía reciente, tamaño carnet.

2. El/la cónyuge o persona unida a la persona solicitante por unión de hecho o relación análoga, de ser el caso, deberá presentar la siguiente documentación:

  - Documentación acreditativa de la identidad.

  - Documentación acreditativa de la residencia en América.

  - Certificado médico según el modelo del anexo IV.

  - Una fotografía reciente, tamaño carnet.

Lugar de presentación de las solicitudes:

Las solicitudes deberán presentarse preferiblemente por vía electrónica a través del for­mulario electrónico normalizado qué figura como anexo I de esta resolución, accesible desde la sed electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.es, de acuerdo con lo establecido en los artículos 27 de la Ley 11/2007, de 22 de junio, de acceso de los ciudadanos a los servicios públicos, y 24 del Decreto 198/2010, de 2 de diciembre, por el que se regula el desarrollo de la Administración electrónica en la Xunta de Galicia y en las entidades de ella dependientes.

Las personas solicitante que no posean certificado electrónico y así lo deseen podrán dirigirse a las entidades colaboradoras que se indican a continuación, en las cuales existen per­soas habilitadas para la presentación electrónica de sus solicitudes:

• En Brasil:

  – Peña Galega da Casa de España de Río de Janeiro.

  – Sociedade Hispano Brasileira de Socorros Mutuos e Instrución de São Paulo.

  – Sociedade de Socorros Mutuos e Beneficencia Rosalía de Castro en Santos.

• En Cuba:

  – Federación de Sociedades Galegas na Habana.

• En Venezuela:

  – Irmandade Galega de Venezuela en Caracas.

La utilización de esta vía requerirá una autorización que la persona interesada le otorga a la persona responsable de la entidad colaboradora para que remita su solicitud vía electrónica. Esa autorización se hará constar en el modelo de solicitud.

2. Opcionalmente, también se podrán presentar las solicitudes en soporte papel en calque­ra de los lugares y registros establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia Poderanse presentar en las delegaciones de la Xunta de Galicia en Buenos Aires y Montevideo, en las oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia del solicitante.

En caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria. Deberá remitirse a la Secretaría Xeral da Emigración, sita en la Calle Basquiños 2, 15704 Santiago de Compostela.

Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en la pagina web http://emigracion.xunta.es.

Documentación adjunta:

  - FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE SOLICITUDES: Picar aquí para acceder a la sede electrónica

  - Texto íntegro de la convocatoria en el D.O.G. (picar aquí para descargar)

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
18.05.2015