La Xunta convoca las ayudas al alquiler de viviendas a las que el Gobierno gallego destina este año cerca de 15 millones de euros

Con la publicación ayer en el Diario Oficial de Galicia se abre la convocatoria para 2018, pudiendo las personas interesados presentar ya desde hoy y hasta el próximo 30 de julio las solicitudes.

La Consellería de Infraestructuras y Vivienda avanza los trámites para la concesión de las ayudas, en tanto el Ministerio de Fomento no formaliza la firma del convenio con la Xunta del Plan estatal de vivienda.

El plazo de solicitud se cierra el 30 de junio
El plazo de solicitud se cierra el 30 de junio
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Santiago de Compostela, 29 de junio de 2018.

La Consellería de Infraestructuras y Vivienda convoca las ayudas al alquiler de viviendas a las que el Gobierno gallego destina este año cerca de 15 millones de euros.

Con la publicación ayer en el Diario Oficial de Galicia de las bases que rigen la convocatoria para lo 2018, las y los interesados pueden presentar las solicitudes para las ayudas al alquiler de viviendas del plan de vivienda 2018-2021 ya desde hoy, día 29 de junio, y hasta el próximo 30 de julio.

Señalar que la convocatoria de estas ayudas fue aprobada por el Consello da Xunta de la pasada semana, avanzando en los trámites para la concesión de las ayudas en tanto el Ministerio de Fomento no formaliza la firma del convenio con la Xunta del Plan estatal de vivienda.

Podrán solicitar estas ayudas todas las personas que cuenten con ingresos entre 0,7 y 2,5 veces el Iprem, aunque en el caso de familias numerosas o personas con determinadas discapacidades ese límite se incrementará hasta 4 o 5 veces el Iprem, en función de la categoría de la familia y del grado de la discapacidad. Además, la vivienda alquilada deberá constituir la residencia habitual y permanente.

Las ayudas se concederán por un plazo de tres años, aunque será preciso solicitar la prórroga y acreditar el cumplimiento de los requisitos en el segundo y tercer año.

En el siguiente enlace al DOG: https://bit.ly/2yPyxvJ pueden consultarse las bases por las que se regirán y la convocatoria para 2018.


Cerca de 15 millones de euros
La Xunta de Galicia destinará un total de 14,8 millones de euros a ayudas para el pago de estas ayudas, que se incluyen en el Plan de Vivienda 2018-2021 y se distribuyen en cuatro anualidades, al concederse por un plazo de tres años.

La convocatoria de ayudas al alquiler de 2018 incluye dos modalidades, una dirigida con carácter general a toda la población que cumpla los requisitos establecidos y otra específica para menores de 35 años:

  • Línea A, ayuda al alquiler de vivienda: su finalidad es facilitar el disfrute de una vivienda en régimen de alquiler a sectores de población con escasos medios económicos, mediante la concesión de ayudas directas a las personas inquilinas. 
  • Línea B, ayuda a la juventud para el alquiler de vivienda habitual y permanente: su finalidad es facilitar el acceso al disfrute de una vivienda digna y adecuada, en régimen de alquiler, a personas menores de 35 años con escasos medios económicos, mediante el otorgamiento de ayudas directas a las personas inquilinas.

Es requisito imprescindible que la vivienda alquilada constituya el domicilio habitual y permanente de los beneficiario y beneficiarias de las ayudas durante todo el período de concesión de las mismas.

Ayudas
La cuantía de la ayuda para la Línea A será del 40 por ciento de la renta mensual, excepto para las personas que en la fecha de presentación de la solicitud tengan más de 65 años, en cuyo caso la ayuda será del 50 por ciento de la renta mensual.

En el caso de las ayudas a la juventud (Línea B) el importe de la misma será del 50 por ciento de la renta mensual que se deba satisfacer por el alquiler.

En los dos casos las ayudas se concederán por un plazo de tres años, pero para poder disfrutar de las misma en el segundo y tercer año las ayudas deberán renovarse anualmente, en el plazo que se señale en la resolución de concesión de la ayuda inicial o de la primera renovación. Para la renovación de la ayuda será necesario continuar cumpliendo los requisitos.

Las ayudas tendrán carácter retroactivo desde el 1 de enero de 2018 para las y los solicitantes que presenten un contrato de esa fecha o anterior. Para contratos posteriores la ayuda se concederá desde la fecha de efectos económicos del mismo.

Requisitos de los beneficiarios y beneficiarias
Las y los solicitantes de las ayudas al alquiler deberán acreditar que los ingresos de las personas que componen la unidad de convivencia están comprendidos en el intervalo entre 0,7 y 2,5 veces el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM), con las siguientes excepciones:

  • Familias numerosas de categoría general o personas con determinadas discapacidades establecidas en la Orden. En estos casos el límite máximo de ingresos será de cuatro veces el IPREM.
  • Familias numerosas de categoría especial o personas con discapacidades de alguno de los tipos indicados en la Orden. El límite máximo de ingresos será de cinco veces el IPREM.

Además, ninguno de las personas integrantes de la unidad de convivencia podrá ser propietaria o usufructuaria de una vivienda en España ni tener relación de parentesco con la persona arrendadora de la vivienda o ser socia de la misma. Tampoco podrán acceder a estas ayudas los inquilinos e inquilinas de viviendas gestionadas por el IGVS, que ya reciben ayudas directas en forma de reducción de la renta mensual de sus viviendas.

Requisitos de las viviendas alquiladas
Para acceder a estas ayudas el importe del alquiler que pagan las y los beneficiarios de las mismas no podrán superar los siguientes máximos:


Zona Territorial
Importe de la renta mensual de alquiler
Ayuntamientos
Precio máximo superior 500€ A Coruña, Santiago de Compostela, Vigo, Ourense e Pontevedra
Zona territorial 1 400€

Ames, Ares, Arteixo, As Pontes de García Rodríguez, Betanzos, Boiro, Cambre, Carballo, Cee, Cedeira, Culleredo, Fene, Ferrol, Melide, Mugardos, Narón, Neda, Noia, Oleiros, Ordes, Oroso, Padrón, Pontedeume, Ribeira, Sada y Teo.

Burela, Cervo, Chantada, Foz, Lugo, Monforte de Lemos, Ribadeo, Sarria, Vilalba, y Viveiro.

Allariz, A Rúa, O Barco de Valdeorras, O Carballiño, Celanova, Ribadavia, Verín e Xinzo de Limia.

A Estrada, A Illa de Arousa, Baiona, Bueu, Cambados, Cangas, Gondomar, Lalín, Marín, Moaña, Mos, Nigrán, O Grove, O Porriño, Poio, Ponteareas, Pontecesures, Redondela, Sanxenxo, Tui, Vilagarcía de Arousa y Vilanova de Arousa.


Zona territorial 2
300€ El resto de ayuntamientos de Galicia

 

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