Escuelas Abiertas presenciales 2013

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Información e instruciones para la cumplimentación de solicitudes para los talleres de especialización de carácter presencial que se desarrollarán durante el próximo mes de julio en la ciudad de Lugo.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución do 8 de marzo de 2013 de 8 de marzo de 2013 de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establece y se regula el programa de Escuelas Abiertas presenciales 2013, destinadas a las comunidades gallegas en el exterior.
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
15.03.2013
Estado: 
Procedimiento cerrado

Modalidades

  • Gaita tradicional gallega
  • Baile tradicional gallego
  • Percusión tradicional gallega
  • Canto popular y pandereta
  • Confección de traje tradicional gallego

Destinatarios

  • Personas Jurídicas (Entidades galegas)
  • Entidades gallegas que tengan reconocida la galleguidad o la condición de centro colaborador, así como aquellas instituciones y asociaciones sin fin de lucro legalmente constituidas radicadas fuera de Galicia, inscritas en el Directorio de centros gallegos en el mundo de la Secretaría Xeral da Emigración.
  • Las personas propuestas deben ser mayores de 18 anos y responsables de impartir la docencia en la modalidad solicitada dentro de la entidad solicitante.
  • Personas Físicas (particulares)
  • Se reservaran un total de 4 plazas en los talleres de gaita, baile, percusión y canto popular y pandereta, para la participación a nivel individual de aquellos ciudadanos gallegos y  sus descendientes hasta el segundo grado de consanguinidad, mayores de 18 anos, residentes fuera de Galicia, que acrediten ser responsables de impartir docencia en la modalidad que soliciten, así como un nivel suficiente de conocimiento para participar en ellos, según los criterios de valoración establecidos en la resolución. 

Documentación

1.- Personas jurídicas

a) Solicitud según el modelo normalizado (Anexo III), en el que deberán indicarse los talleres en los que se quiere participar.

b) Fotocopia del NIF o equivalente. Asimismo, deberá presentar fotocopia del documento que acredite la identidad y datos personales de los candidatos propuestos.

Aquellos candidatos con DNI español quedarán exentos de aportar la fotocopia en el caso de que autoricen a la Secretaría Xeral da Emigración a consultar sus datos de identidad en el sistema de verificación de datos de identidad, tal como se recoge en el anexo III.

c) Breve currículum de cada aspirante con especial referencia a los conocimientos, títulos, experiencia, etc. en la materia objeto del taller.

d) En el caso del taller de gaita tradicional gallega se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...) que no exceda los 4 minutos. El tema estará grabado solo con gaita, sin ningún otro instrumento acompañando a la gaita solista.

e) En el caso del taller de percusión tradicional gallega se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...) que no exceda los 4 minutos. El tema estará grabado con instrumento de percusión gallega, sin ningún otro instrumento acompañando al instrumento de percusión solista.

f) En el caso del taller de canto popular y pandereta se deberá  enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...), con una duración que no exceda los 4 minutos. La grabación remitida deberá ser solista.

g) En el caso del taller de baile tradicional gallego se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...), con una duración que no exceda los 4 minutos, en la que el alumno interprete varios bailes de ritmos o estilos diferentes (muñeira, jota, maneo, danza, etc.).

h) En el caso del taller de confección de traje tradicional gallego, la entidad gallega deberá presentar certificación de tener grupo de baile o música debidamente constituido y con un funcionamiento ininterrumpido como mínimo durante cuatro años (Anexo V)

i) Una fotografía tamaño carné de cada aspirante.

j) Una declaración del aspirante comprometiéndose a invertir los conocimientos adquiridos en el seno de la entidad.

k) Certificación de la entidad que acredite que las personas propuestas son las responsables de impartir docencia en la entidad solicitante.

l) Certificación de la entidad que acredite el número de alumnos que componen la escuela o grupo de baile, gaita o canto y percusión con el que cuenta la entidad gallega solicitante (Anexo VI).

m) Declaración de ayudas obtenidas para la misma actividad de otras administraciones o entes públicos o privados (anexo VII). La obtención de esta ayuda es compatible con otras para el mismo fin, sin que en ningún caso la suma de las ayudas obtenidas supere el 100% del coste de la actividad.

n) Declaración de no incurrir en prohibición para obtener la condición de beneficiario (anexo VIII).

o) La presentación de la solicitud de concesión de esta ayuda por el interesado comportará la autorización al órgano gestor para solicitar las certificaciones que deba emitir la Agencia Estatal Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consellería de Facenda de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, acreditándose este extremo antes de la propuesta de resolución. En el caso de que los solicitantes no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar certificado de residencia fiscal emitido por los organismos competentes o documentación acreditativa que justifique su residencia fiscal fuera de España, así como declaración de que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y de seguridad social, así como que no tiene deudas pendientes con la Comunidad Autónoma de Galicia (anexo IX).

2.- Personas físicas

a) Solicitud según el modelo normalizado (Anexo IV), en la que deberá indicarse los talleres en los que se quiere participar.

b) Fotocopia del documento nacional de identidad o equivalente. Aquellos solicitantes con DNI español quedarán exentos de presentar la fotocopia en el caso de que autoricen a la Secretaría Xeral da Emigración a consultar sus datos de identidad en el sistema de verificación de datos de identidad, tal como se recoge en el anexo IV.

c) Breve currículum artístico de cada aspirante: nivel de estudios musicales realizados, actuaciones, número de alumnos a los que imparte clases, grabaciones...

d) En el caso del taller de gaita tradicional gallega se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...) que no exceda los 4 minutos. El tema estará grabado solo con gaita, sin ningún otro instrumento acompañando a la gaita solista.

e) En el caso del taller de percusión tradicional gallega se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...) que no exceda los 4 minutos. El tema estará grabado con instrumento de percusión gallega, sin ningún otro instrumento acompañando al instrumento de percusión solista.

f) En el caso del taller de canto popular y pandereta se deberá  enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...), con una duración que no exceda los 4 minutos. La grabación remitida deberá ser solista.

g) En el caso del taller de baile tradicional gallego se deberá enviar, una grabación en vídeo digital (cd, vcd, dvd, ...), con una duración que no exceda los 4 minutos, en la que el alumno interprete varios bailes de ritmos o estilos diferentes (muñeira, jota, maneo, danza, etc.).

h) Una fotografía tamaño carné.

i) Documentación acreditativa de que la persona solicitante imparte docencia en la modalidad de taller solicitado.

j) Declaración de ayudas obtenidas para la misma actividad de otras administraciones o entes públicos o privados (anexo VII). La obtención de esta ayuda es compatible con otras para el mismo fin, sin que en ningún caso la suma de las ayudas obtenidas supere el 100% del coste de la actividad.

k) Declaración de no incurrir en prohibición para obtener la condición de beneficiario (anexo VIII).

l) La presentación de la solicitud de concesión de esta ayuda por el interesado comportará la autorización al órgano gestor para solicitar las certificaciones que deba emitir la Agencia Estatal Tributaria, la Tesorería General de la Seguridad Social y la Consellería de Facenda de la Xunta de Galicia, de conformidad con lo establecido en el artículo 20.3 de la Ley 9/2007, de 13 de junio, de subvenciones de Galicia, acreditándose este extremo antes de la propuesta de resolución. En el caso de que los solicitantes no tengan su residencia fiscal en territorio español deberán presentar certificado de residencia fiscal emitido por los organismos competentes o documentación acreditativa que justifique su residencia fiscal fuera de España, así como declaración de que el solicitante se encuentra al corriente en sus obligaciones tributarias estatales y autonómicas, y de seguridad social, así como que no tiene deudas pendientes con la Comunidad Autónoma (anexo IX).

m) Documentación justificativa que acredite su condición de gallego o descendente de gallego hasta el segundo grado de consanguinidad.

n) Documentación que acredite su residencia fuera de Galicia. Aquellos solicitantes con residencia en España quedarán exentos de presentar la documentación acreditativa de su residencia fuera de Galicia en el caso de que autoricen a la Secretaría Xeral da Emigración a consultar sus datos de residencia en el Sistema de Verificación de Datos de Residencia del Ministerio de Administraciones Públicas, tal como se recoge en el anexo IV.

 

FORMULARIOS DE CUMPLIMENTACIÓN DE LAS SOLICITUDES:


Texto íntegro de la Convocatoria en el D.O.G. (pinchar aquí para descargar)

Ampliación del plazo de presentación de solicitudes (D.O.G. 15.04.2013) (pinchar aquí para descargar)

Información
Secretaría Xeral da Emigración
Subdirección Xeral de Centros e Comunidades Galegas
Servizo de Tramitación de Axudas aos Centros e Comunidades Galegas
Basquiños, 2 – 15704 Santiago de Compostela (A Coruña)
Correo electrónico: entidadesgalegas@xunta.es
Tlfno:(+34 ) 981 957 162  /  981 957353
Fax: (+ 34) 981 957 399

Lugar de presentación de la documentación
Las solicitudes se presentarán, junto con el resto de la documentación, en la Secretaría Xeral da Emigración (calle Basquiños, 2, 15704 Santiago de Compostela, A Coruña), o en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, del régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común. Podrán presentarse en las delegaciones de la Xunta de Galicia en Buenos Aires y Montevideo, en las oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia del solicitante.

Los modelos normalizados de solicitud podrán obtenerse en las páginas web https://sede.xunta.es y http://emigracion.xunta.es.