Ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas para el año 2023

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Información e instrucciones para la cumplimentación de solicitudes.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución de 23 de marzo de 2023, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de las ayudas extraordinarias a personas emigrantes gallegas retornadas y se convocan para el año 2023.
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
10.04.2023
Estado: 
Procedimiento cerrado

Objeto:
La Secretaría Xeral da Emigración convoca ayudas dirigidas a personas emigrantes gallegas retornadas que carezcan de recursos suficientes para el año 2023.

1. Podrán ser beneficiarias de estas ayudas las siguientes personas que, residiendo fuera de España con nacionalidad española, se establezcan en la Comunidad Autónoma gallega:

a) Las personas gallegas y nacidas en Galicia.
b) Los/as cónyuges o personas con unión análoga a la conyugal de las personas gallegas y nacidas en Galicia.
c) Los/as descendientes por consanguinidad de las personas gallegas y nacidas en Galicia.

Requisitos:

  • Estar en posesión de la nacionalidad española antes de retornar.
  • Estar empadronado/a y tener residencia en un ayuntamiento de la Comunidad Autónoma de Galicia.
  • Haber residido legalmente en el extranjero un mínimo de dos años inmediatamente anteriores a la fecha de su retorno a España.
  • Que la fecha del retorno a España sea a partir del 1 de enero de 2021, incluido.
  • Carecer de recursos económicos suficientes en la unidad familiar.
    Se considera para estos efectos que son suficientes cuando la suma del promedio de los ingresos que perciba cada miembro de la unidad familiar, en los dos meses anteriores al de la presentación de la solicitud, dividido entre el número de personas que la integren, superen el importe del IPREM mensual (Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples) vigente en la fecha de la solicitud. Para el año 2023, este importe se fija en 600,00 €.
  • Carecer de patrimonio mobiliario suficiente en la unidad familiar.
    Se entenderá como patrimonio mobiliario suficiente cuando el valor de los bienes muebles de todas las personas de la unidad familiar, en la fecha de presentación de la solicitud, supere el límite de 20.000 € cuando la unidad familiar esté formada por una persona, incrementado si es el caso en 5.000 € adicionales, por cada uno/a de los/as restantes miembros de la unidad familiar.

2. Quedan excluidas de estas ayudas tanto las personas que hubiesen solicitado la ayuda y  resultasen beneficiarias de ella en las dos convocatorias anteriores, como el resto de las personas que formasen parte de su unidad familiar en el momento de solicitar la ayuda, en virtud de las siguientes resoluciones:

  • Resolución del 3 de febrero de 2021 (DOG núm. 32, del 17 de febrero de 2021).
  • Resolución del 15 de marzo de 2022 (DOG núm. 61, del 29 de marzo de 2022).

Quedan excluidas de estas ayudas las personas que solicitasen la ayuda y formen parte de una unidad familiar en la que una de las personas integrantes ya resultó beneficiaria al amparo de la presente convocatoria.

FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES: pinchar aquí para acceder a la Sede Electrónica

 

Otra documentación para descargar:

Forma y lugar de presentación de las solicitudes:

Las solicitudes se presentarán preferiblemente por vía electrónica a través del formulario normalizado que figura cómo anexo I de la resolución, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

Opcionalmente, se podrán presentar las solicitudes de manera presencial en cualquiera de los lugares y registros establecidos en la normativa reguladora del procedimiento administrativo común, utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia.

Para la presentación electrónica podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidos por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluyendo el sistema de usuario y clave Chave 365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
29.09.2023