Requerimientos de enmienda de documentación de las solicitudes presentadas al amparo del "Programa 2. Ayudas a las entidades gallegas en el exterior para proyectos culturales, promovidos por la juventud y acciones informativas." Año 2013.
Examinadas las solicitudes presentadas al amparo del Programa 2. Ayudas a las entidades gallegas en el exterior para proyectos culturales, promovidos por la juventud y acciones informativas de la Resolución del 8 de abril de 2013 de la Secretaría Xeral da Emigración por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las comunidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2013 (D.O.G. nº 73, del 16/04/2013), y de acuerdo con lo establecido en el artículo 7.2 y 14 de dicha resolución, se requiere a las entidades que se relacionan en el Anexo para que en el plazo de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación, enmienden la falta o aporten los documentos preceptivos, en original o copia compulsada, indicados para cada entidad como Motivo de la enmienda.
De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia, en el caso de no enmendar la falta o no aportar la documentación requerida en el plazo antedicho, se tendrá por desistida a la entidad de su solicitud, luego de resolución que será dictada en los termos previstos en el artículo 42 de la Ley 30/1992, del 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común
Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración en su dirección, en la Calle Basquiños, 2. C.P. 15704 Santiago de Compostela, o a los números de teléfono 981 54 58 33 y 981 95 71 60.
Las contestaciones a las solicitudes de información por el/la solicitante tendrán un carácter meramente informativo, sin que puedan ser invocadas a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción.
Esta publicación se realizará de forma simultánea en el tablero de anuncios de la Secretaría Xeral da Emigración y en la página web http://emigración.xunta.es.
- Ver Anexo con listado y motivos de enmienda al pie: (pinchar aquí para descargar)
- Formularios a cumplimentar para la enmienda: pinchar aquí para acceder a la Sede Electrónica
Santiago de Compostela, 18 de junio de 2013.
El subdirector xeral da Emigración e das Comunidades Galegas
Fdo. Ramón Brigos Fernández



