Requerimientos de enmienda de las solicitudes de subvenciones presentadas por las entidades gallegas al amparo del "Programa 2: Acciones de especial relevancia". Año 2014
ASUNTO: Publicación de los Requerimientos de enmienda de las solicitudes de subvenciones presentadas por las entidades gallegas al amparo del PROGRAMA 2: Acciones de especial relevancia.
En el DOG nº 39, del 26-02-2014, se publica la Resolución del 19 de febrero de 2014 de la Secretaría Xeral da Emigración por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2014.
En esta convocatoria figura el Programa 2: Ayudas para acciones de especial relevancia promovidas por comunidades gallegas que tengan como objetivo la promoción cultural, social o económica de Galicia o de la propia entidad.
El plazo para la presentación de solicitudes finalizó el 07-04-2014.
Después de revisadas solicitudes presentadas y la documentación que acompañan se comprobó que las correspondientes a las entidades que se indican en el anexo de este anuncio no están completas, bien porque en la solicitud no cumplimentaron campos de información obligatoria o bien porque no acompañan o es incorrecta la documentación que exige la convocatoria.
Los defectos detectados en la solicitud de cada entidad se indican en el anexo de este anuncio en la columna titulada Causa: Identificación del documento y/o enmienda.
Mediante esta publicación se le requiere a cada una de las entidades afectadas para que en el plazo improrrogable de 10 días hábiles, contados a partir de la publicación de este anuncio en la página web de la Secretaría Xeral da Emigración (http://emigración.xunta.es - apartado Listas a convocatorias), aporten los documentos preceptivos, en original o copia compulsada, y/o enmienden el/los defecto/s, que para cada entidad se señalan (arts. 9.3 y 15 de la orden de la convocatoria).
En el caso de no aportar la documentación requerida, o de no enmendar el/los defecto/s dentro del plazo citado, se tendrá por desistida a la entidad de su solicitud, cumpliendo con lo establecido en el artículo 20.5 de la Ley 9/2007, del 13 de junio, de subvenciones de Galicia
Para cualquier información podrán dirigirse a la Secretaría Xeral da Emigración en su dirección, en la Calle de los Basquiños, 2. C.P. 15704, Santiago de Compostela, o a los números de teléfono 981 54 58 33 y 981 95 71 60. (Las respuestas tendrán un carácter meramente informativo, sin que puedan ser invocadas a efectos de interrupción o suspensión de plazos, caducidad o prescripción).
Esta publicación se realiza de forma simultánea en el tablero de anuncios de la Secretaría Xeral da Emigración y en la página web citada.
- Anexo con listado y motivos de enmienda al pie: (pinchar aquí para descargar)
Santiago de Compostela, 20 de mayo de 2014
El subdirector xeral da Emigración e das Comunidades Galegas
Ramón Brigos Fernández