Subvenciones correspondientes a los programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2017

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Información e instrucciones para la cumprimentación de solicitudes.
Resolución de la convocatoria: 
Resolución de 14 de marzo de 2017, de la Secretaría Xeral da Emigración, por la que se establecen las bases reguladoras y se convocan las subvenciones correspondientes a programas de actuación en favor de las entidades gallegas en el exterior para el ejercicio 2017.
Entidad: 
Secretaría Xeral da Emigración
Fecha de publicación: 
28.03.2017
Estado: 
Procedimiento cerrado

Programas de ayudas y subvenciones:

  • Programa 1. Ayudas para de gastos de funcionamiento de las entidades gallegas del exterior
  • Programa 2. Ayudas para proyectos culturales, sociales, de acciones informativas y proyectos promovidos por la juventud
  • Programa 3. Acciones de especial relevancia promovidas por comunidades gallegas

Entidades destinatarias:
Podrán ser beneficiarias de las subvenciones establecidas en esta convocatoria en cada programa las siguientes entidades:

  1. Programa 1
    la) Entidades que tengan reconocida la categoría de comunidad gallega o de centro colaborador de la galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad
    b) Las federaciones o asociaciones de entidades gallegas inscritas al amparo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad
  2. Programa 2
    la) Las entidades inscritas en el Registro de la Galleguidad al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad
    b) Las federaciones o asociaciones de entidades gallegas inscritas al amparo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad
  3. Programa 3:
    la) Entidades que tengan reconocida la categoría de comunidad gallega al amparo de la Ley 7/2013, de 13 de junio, de la galleguidad
    b) Las federaciones o asociaciones de entidades gallegas inscritas al amparo de la Ley 4/1983, de 15 de junio, de reconocimiento de la galleguidad

FORMULARIOS DE TRAMITACIÓN DE LAS SOLICITUDES*: pinchar aquí para acceder a la Sede Electrónica
*Nota: Tan solo se podrá presentar un único formulario (Anexo I) para todos los programas.

Otra documentación para consultar:

Lugar de presentación de las solicitudes:

  1. Entidades con sede social en España

    Las entidades con sede social en España presentarán las solicitudes obligatoriamente por medios electrónicos a través del formulario normalizado que figura cómo ANEXO I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal.

    Si alguna de las entidades interesadas presenta su solicitud presencialmente, se le requerirá para que la enmiende a través de su presentación electrónica. Para estos efectos, se considerará como fecha de presentación de la solicitud aquella en la que fuera realizada la enmienda.

    Para la presentación de las solicitudes podrá emplearse cualquiera de los mecanismos de identificación y firma admitidas por la sede electrónica de la Xunta de Galicia, incluido el sistema de usuario y clave Chave365 (https://sede.xunta.gal/chave365).

  2. Entidades con sede social en el extranjero

Excepcionalmente, las entidades domiciliadas fuera del territorio español podrán presentar las solicitudes por cualquiera de los siguientes procedimientos:

  1.  En soporte papel utilizando el formulario normalizado disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia o como anexo I de las instrucciones.

    En este caso la presentación se hará por cualquiera de los medios establecidos en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de régimen jurídico de las administraciones públicas y del procedimiento administrativo común.

    En el caso de enviarse por correo, el envío deberá ser certificado, con el sello de Correos en la primera hoja del formulario para garantizar que la fecha de remisión es anterior a la de cierre de la convocatoria.

    Dirección a la que deben enviarse:  Secretaría Xeral da Emigración, Plaza de Mazarelos, 15, 15703 Santiago de Compostela.

    También pueden presentarse en las delegaciones de la Xunta de Galicia en Buenos Aires y Montevideo, en las oficinas consulares, así como en los consulados o secciones consulares de las embajadas correspondientes al domicilio o residencia de la entidad solicitante

  2. Por vía electrónica a través del formulario normalizado que figura cómo ANEXO I de esta resolución, disponible en la sede electrónica de la Xunta de Galicia, https://sede.xunta.gal, con los mismos requisitos exigidos en el apartado A) para las entidades con sede social en España.

Las solicitudes o la documentación que se presente por  Fax o por Correo Electrónico no tendrán validez a efectos de constancia de presentación ni de cumplimiento de plazos.

Contacto e información:
Secretaría Xeral da Emigración. Servicio de Promoción de las Comunidades Gallegas
Teléfonos: 981 545 833 - 981 957 160     Fax: 981 957 179
Correo electrónico: emigracion.subvencions@xunta.gal

 

Finalización del plazo de presentación de solicitudes: 
05.05.2017